YA SE PRESENTO LA PROPUESTA INTEGRAL DE LOS 17,000 A LA SEGOB,
DE ACUERDO A LA ESTRUCTURA DE CFE.
CONSIDERO QUE ESTAMOS CERCA DE LOGRAR EL TRIUNFO,
¡¡¡ NO TE DESANIMES !!!.
AUNQUE SE ABRA OTRA ETAPA DE LIQUIDACION,
¡¡¡ NO TE LIQUIDES!!!.
POR QUE LA RECOMPENSA,
DE ALGUNA U OTRA FORMA
VA A SER GENEROSA.
¡¡¡ YO SE LO QUE TE DIGO !!!
Medidores Pruebas en Lucha
Pagina de Informacion Util para todos los que seguimos en la Lucha...
Juntos Hasta la Victoria....
Por el Derecho y La Justicia del Trabajador
Porque tener un Trabajo Digno y Bien Remunerado,
NO ES UN PRIVILEGIO; ES UN DERECHO CONSTITUCIONAL. ____________________________________________
::: MEDIDORES PRUEBAS :::
Juntos Hasta la Victoria....
Por el Derecho y La Justicia del Trabajador
Porque tener un Trabajo Digno y Bien Remunerado,
NO ES UN PRIVILEGIO; ES UN DERECHO CONSTITUCIONAL. ____________________________________________
::: MEDIDORES PRUEBAS :::
jueves, 25 de marzo de 2010
miércoles, 24 de marzo de 2010
PRUEBA DE SUPERVIVENCIA PARA JUBILADOS
Solo dale click al siguiente enlace:
http://sites.google.com/site/medidorespruebas/prueba-de-supervivencia
SALUDOS COMPAÑERO JUBILADO...
ESPERO QUE ESTA INFORMACION TE SEA UTIL....
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SALUDOS COMPAÑERO JUBILADO...
ESPERO QUE ESTA INFORMACION TE SEA UTIL....
viernes, 19 de marzo de 2010
Hay nomas para el Gasto, Conocer es Saber
Legislación Federal (Vigente al 2 de febrero de 2010)
CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
TÍTULO PRIMERO
CAPÍTULO I. De las Garantías Individuales
Artículo 9.
No se podrá coartar el derecho de asociarse o reunirse pacíficamente con cualquier objeto lícito; pero solamente los ciudadanos de la República podrán hacerlo para tomar parte en los asuntos políticos del país. Ninguna reunión armada tiene derecho a deliberar.
No se considerará ilegal, y no podrá ser disuelta una asamblea o reunión que tenga por objeto hacer una petición o presentar una protesta por algún acto a una autoridad, si no se profieren injurias contra ésta, ni se hiciere uso de violencias o amenazas para intimidarla u obligarla a resolver en el sentido que se desee.
Artículo 16.
Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento.
No podrá librarse orden de aprehensión sino por la autoridad judicial y sin que preceda denuncia, acusación o querella de un hecho determinado que la ley señale como delito, sancionado cuando menos con pena privativa de libertad y existan datos que acrediten los elementos que integran el tipo penal y la probable responsabilidad del indiciado.
La autoridad que ejecute una orden judicial de aprehensión, deberá poner al inculpado a disposición del juez, sin dilación alguna y bajo su más estricta responsabilidad. La contravención a lo anterior será sancionada por la ley penal.
TÍTULO SEGUNDO
CAPITULO I DE LA SOBERANIA NACIONAL Y DE LA FORMA DE GOBIERNO
Artículo 39
LA SOBERANIA NACIONAL RESIDE ESENCIAL Y ORIGINARIAMENTE EN EL PUEBLO. TODO PODER PUBLICO DIMANA DEL PUEBLO Y SE INSTITUYE PARA BENEFICIO DE ESTE. EL PUEBLO TIENE EN TODO TIEMPO EL INALIENABLE DERECHO DE ALTERAR O MODIFICAR LA FORMA DE SU GOBIERNO.
CAPÍTULO III. Del Poder Ejecutivo
Artículo 87.
El Presidente, al tomar posesión de su cargo, prestará ante el Congreso de la Unión o ante la Comisión Permanente, en los recesos de aquél, la siguiente protesta: "Protesto guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de ella emanen, y desempeñar leal y patrióticamente el cargo de Presidente de la República que el pueblo me ha conferido, mirando en todo por el bien y prosperidad de la Unión; y si así no lo hiciere que la Nación me lo demande".
TÍTULO SEXTO. DEL TRABAJO Y DE LA PREVISIÓN SOCIAL
Artículo 123
Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se promoverán la creación de empleos y la organización social para el trabajo, conforme a la ley.
Los salarios mínimos generales deberán ser suficientes para satisfacer las necesidades normales de un Jefe de familia, en el orden material, social y cultural, y para proveer a la educación obligatoria de los hijos. Los salarios mínimos profesionales se fijarán considerando, además, las condiciones de las distintas actividades económicas.
IX. Los trabajadores sólo podrán ser suspendidos o cesados por causa justificada, en los términos que fije la ley.
En caso de separación injustificada tendrán derecho a optar por la reinstalación de su trabajo o por la indemnización correspondiente, previo el procedimiento legal. En los casos de supresión de plazas, los trabajadores afectados tendrán derecho a que se les otorgue otra equivalente a la suprimida o a la indemnización de ley;
X. Los trabajadores tendrán el derecho de asociarse para la defensa de sus intereses comunes. Podrán, asimismo, hacer uso del derecho de huelga previo el cumplimiento de los requisitos que determine la ley, respecto de una o varias dependencias de los Poderes Públicos, cuando se violen de manera general y sistemática los derechos que este artículo les consagra;
Informaciones Generales Sobre la Policía Federal Preventiva
Historia de la institución:
La Policía Federal Preventiva (PFP) es una cuerpo de policía federal mexicana, el cual fue creado el 13 de diciembre de 1998 como brazo operativo en la lucha contra la delincuencia organizada.
Misión Constitucional:
Prevenir y combatir la comisión de delitos en México, en apego al marco jurídico, con
personal comprometido y calificado, en coordinación con los tres órdenes de gobierno que privilegie la participación ciudadana, para salvaguardar la integridad y derechos de las personas e instituciones, mediante programas y acciones desarrollados con esquemas de inteligencia y tecnología de vanguardia, que den confianza y certidumbre a la sociedad.
Funciones:
La Policía Federal Preventiva tendrá como función primordial salvaguardar la integridad y derechos de las personas, prevenir la comisión de delitos, así como preservar las libertades, el orden y la paz públicos, en los términos de la ley.
Legislación Federal (Vigente al 2 de febrero de 2010)
LEY DE LA POLICIA FEDERAL
Ley de la Policía Federal.
Capítulo I Disposiciones Generales.
[Artículo 1]
Artículo 1. La presente Ley es reglamentaria del artículo 21 constitucional, en materia federal en lo relativo a la organización y funcionamiento de la Policía Federal, en el ámbito de competencia que establece esta Ley y las disposiciones aplicables. Es de orden público y de aplicación en todo el territorio nacional.
[Artículo 2]
Artículo 2. La Policía Federal es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Seguridad Pública, y sus objetivos serán los siguientes:
I. Salvaguardar la vida, la integridad, la seguridad y los derechos de las personas, así como preservar las libertades, el orden y la paz públicos;
II. Aplicar y operar la política de seguridad pública en materia de prevención y combate de delitos;
III. Prevenir la comisión de los delitos, y
IV. Investigar la comisión de delitos bajo la conducción y mando del Ministerio Público de la Federación, en términos de las disposiciones aplicables.
[Artículo 3]
Artículo 3. Serán principios rectores en el ejercicio de las funciones y acciones que en materia de prevención y combate de los delitos le competen a la Policía Federal, los de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y el respeto a las garantías individuales y a los derechos humanos reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
TÍTULO PRIMERO
CAPÍTULO I. De las Garantías Individuales
Artículo 9.
No se podrá coartar el derecho de asociarse o reunirse pacíficamente con cualquier objeto lícito; pero solamente los ciudadanos de la República podrán hacerlo para tomar parte en los asuntos políticos del país. Ninguna reunión armada tiene derecho a deliberar.
No se considerará ilegal, y no podrá ser disuelta una asamblea o reunión que tenga por objeto hacer una petición o presentar una protesta por algún acto a una autoridad, si no se profieren injurias contra ésta, ni se hiciere uso de violencias o amenazas para intimidarla u obligarla a resolver en el sentido que se desee.
Artículo 16.
Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento.
No podrá librarse orden de aprehensión sino por la autoridad judicial y sin que preceda denuncia, acusación o querella de un hecho determinado que la ley señale como delito, sancionado cuando menos con pena privativa de libertad y existan datos que acrediten los elementos que integran el tipo penal y la probable responsabilidad del indiciado.
La autoridad que ejecute una orden judicial de aprehensión, deberá poner al inculpado a disposición del juez, sin dilación alguna y bajo su más estricta responsabilidad. La contravención a lo anterior será sancionada por la ley penal.
TÍTULO SEGUNDO
CAPITULO I DE LA SOBERANIA NACIONAL Y DE LA FORMA DE GOBIERNO
Artículo 39
LA SOBERANIA NACIONAL RESIDE ESENCIAL Y ORIGINARIAMENTE EN EL PUEBLO. TODO PODER PUBLICO DIMANA DEL PUEBLO Y SE INSTITUYE PARA BENEFICIO DE ESTE. EL PUEBLO TIENE EN TODO TIEMPO EL INALIENABLE DERECHO DE ALTERAR O MODIFICAR LA FORMA DE SU GOBIERNO.
CAPÍTULO III. Del Poder Ejecutivo
Artículo 87.
El Presidente, al tomar posesión de su cargo, prestará ante el Congreso de la Unión o ante la Comisión Permanente, en los recesos de aquél, la siguiente protesta: "Protesto guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de ella emanen, y desempeñar leal y patrióticamente el cargo de Presidente de la República que el pueblo me ha conferido, mirando en todo por el bien y prosperidad de la Unión; y si así no lo hiciere que la Nación me lo demande".
TÍTULO SEXTO. DEL TRABAJO Y DE LA PREVISIÓN SOCIAL
Artículo 123
Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se promoverán la creación de empleos y la organización social para el trabajo, conforme a la ley.
Los salarios mínimos generales deberán ser suficientes para satisfacer las necesidades normales de un Jefe de familia, en el orden material, social y cultural, y para proveer a la educación obligatoria de los hijos. Los salarios mínimos profesionales se fijarán considerando, además, las condiciones de las distintas actividades económicas.
IX. Los trabajadores sólo podrán ser suspendidos o cesados por causa justificada, en los términos que fije la ley.
En caso de separación injustificada tendrán derecho a optar por la reinstalación de su trabajo o por la indemnización correspondiente, previo el procedimiento legal. En los casos de supresión de plazas, los trabajadores afectados tendrán derecho a que se les otorgue otra equivalente a la suprimida o a la indemnización de ley;
X. Los trabajadores tendrán el derecho de asociarse para la defensa de sus intereses comunes. Podrán, asimismo, hacer uso del derecho de huelga previo el cumplimiento de los requisitos que determine la ley, respecto de una o varias dependencias de los Poderes Públicos, cuando se violen de manera general y sistemática los derechos que este artículo les consagra;
Informaciones Generales Sobre la Policía Federal Preventiva
Historia de la institución:
La Policía Federal Preventiva (PFP) es una cuerpo de policía federal mexicana, el cual fue creado el 13 de diciembre de 1998 como brazo operativo en la lucha contra la delincuencia organizada.
Misión Constitucional:
Prevenir y combatir la comisión de delitos en México, en apego al marco jurídico, con
personal comprometido y calificado, en coordinación con los tres órdenes de gobierno que privilegie la participación ciudadana, para salvaguardar la integridad y derechos de las personas e instituciones, mediante programas y acciones desarrollados con esquemas de inteligencia y tecnología de vanguardia, que den confianza y certidumbre a la sociedad.
Funciones:
La Policía Federal Preventiva tendrá como función primordial salvaguardar la integridad y derechos de las personas, prevenir la comisión de delitos, así como preservar las libertades, el orden y la paz públicos, en los términos de la ley.
Legislación Federal (Vigente al 2 de febrero de 2010)
LEY DE LA POLICIA FEDERAL
Ley de la Policía Federal.
Capítulo I Disposiciones Generales.
[Artículo 1]
Artículo 1. La presente Ley es reglamentaria del artículo 21 constitucional, en materia federal en lo relativo a la organización y funcionamiento de la Policía Federal, en el ámbito de competencia que establece esta Ley y las disposiciones aplicables. Es de orden público y de aplicación en todo el territorio nacional.
[Artículo 2]
Artículo 2. La Policía Federal es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Seguridad Pública, y sus objetivos serán los siguientes:
I. Salvaguardar la vida, la integridad, la seguridad y los derechos de las personas, así como preservar las libertades, el orden y la paz públicos;
II. Aplicar y operar la política de seguridad pública en materia de prevención y combate de delitos;
III. Prevenir la comisión de los delitos, y
IV. Investigar la comisión de delitos bajo la conducción y mando del Ministerio Público de la Federación, en términos de las disposiciones aplicables.
[Artículo 3]
Artículo 3. Serán principios rectores en el ejercicio de las funciones y acciones que en materia de prevención y combate de los delitos le competen a la Policía Federal, los de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y el respeto a las garantías individuales y a los derechos humanos reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
sábado, 13 de marzo de 2010
ATIVIDADES MUY IMPORTANTES
domingo, 7 de marzo de 2010
YA ESTA EN SERVICIO LA PAGINA DEL SME
ATAQUE A EL SITIO
Noticias SME / Posted by SME
07Mar10
En estos momentos nos encontramos restaurando el sitio, claramente es un intento por censurarnos y debilitar nuestro movimiento,los ataques se venían dando aproximadamente desde hace un mes pero los habíamos podido contener. Hemos recuperado toda la base de datos y toda nuestra información esta a salvo.
En breve implementaremos una serie de servicios para evitar que esto vuelva a suceder, nuestro movimiento sigue ganando fuerza y este sitio distribuye información a todo el mundo por lo que hoy mas que nunca debemos de poner todo nuestro empeño en el.
Todos a la Huelga Nacional el 16 de Marzo
a las 12:00hrs.
El equipo de SME net
Ya estamos al aire otra vez, MP
Noticias SME / Posted by SME
07Mar10
En estos momentos nos encontramos restaurando el sitio, claramente es un intento por censurarnos y debilitar nuestro movimiento,los ataques se venían dando aproximadamente desde hace un mes pero los habíamos podido contener. Hemos recuperado toda la base de datos y toda nuestra información esta a salvo.
En breve implementaremos una serie de servicios para evitar que esto vuelva a suceder, nuestro movimiento sigue ganando fuerza y este sitio distribuye información a todo el mundo por lo que hoy mas que nunca debemos de poner todo nuestro empeño en el.
Todos a la Huelga Nacional el 16 de Marzo
a las 12:00hrs.
El equipo de SME net
Ya estamos al aire otra vez, MP
martes, 2 de marzo de 2010
viernes, 26 de febrero de 2010
Calderas esta LOCO
OTRO DE LOS ABSURDOS DEL GOBIERNO Y SUS SERVIDORES POLITICOS
QUE POCA TIENEN
PGR teme que mineros compren droga si libera sus cuentas bancarias
ALFREDO MÉNDEZ
Periódico La Jornada
Jueves 25 de febrero de 2010, p. 14
QUE POCA TIENEN
PGR teme que mineros compren droga si libera sus cuentas bancarias
ALFREDO MÉNDEZ
Periódico La Jornada
Jueves 25 de febrero de 2010, p. 14
QUE CALDERON SE VA:
PUES QUE SE VALLA, QUE RENUNCIE, SI ES QUE LOS TIENE BIEN PUESTOS….
CALDERON DICE QUE SE VA, QUESQUE PORQUE NO LO RESPETAN, PUES REALMENTE SERIA MEJOR QUE SE FUERA, QUE RENUNCIARA.
EL SR PIDE RESPETO, CUANDO EL NO HA SABIDO RESPETAR, POR LO TANTO COMO ES POSIBLE QUE EL PIDA RESPETO.
LO MEJOR DE TODO ES QUE LA GENTE EL PUEBLO YA SE ESTA CANSANDO.
Y QUE RECUERDE EL SR PRECIDENTE, QUE TODO TIENE UN LIMITE, Y EL PUEBLO YA LLEGO AL LIMITE.
EL SR PRECIDENTE CREE QUE CON AUMENTARLE EL SALARIO A LA MILICIA YA LA HIZO, TALVEZ POR EL MOMENTO LOS TENGA DE SU LADO, PERO CUANDO LOS MADRASOS SE SUELTEN DE A DE VERAS, EL MISMO EJERCITO SE LE VA A VOLTEAR.
Y A QUE NOS ESTA EXPONIENDO, PODRIA PENSAR EN UN POSIBLE GOLPE MILITAR.
COMO ES POSIBLE QUE DESPUES DE TENER AL PUEBLO SOMETIDO CON SUS TOPES SALARIALE Y QUE EN LOS ULTIMOS DOS AÑOS, SOLO SE LE HAYA AUMENTADO UN 8% O 9% A LA CLASE TRABAJADORA, PERO ESO SI A LA MILICIA EN EL MISMO PERIODO YA LES AUMENTO CASI O MAS DEL 100%.
QUE RECUERDE QUE ENTRE SUS SOLDADITOS Y SUS POLICIAS FEDERALES TENDRA CUANDO MUCHO UNOS 400 MIL EFECTIVOS, Y SI TOMAMOS EN CUENTA DE QUE EN EL PAIS HAY YA MAS DE 20 MILLONES DE POBRES, PUES ENTONCES QUE YA LE COMIENSE A MEDIR EL AGUA A LOS APAREJOS, POR QUE SI NO SE VA A TENER QUE ATENER A LAS CONSECUENCIAS, DE LO MISMO QUE EL ESTA PROVOCANDO.
Si no hay respeto "nos vamos": Calderón en un acto de Mérida
La Jornada En Línea y Notimex
Publicado: 25/02/2010 13:37
CALDERON DICE QUE SE VA, QUESQUE PORQUE NO LO RESPETAN, PUES REALMENTE SERIA MEJOR QUE SE FUERA, QUE RENUNCIARA.
EL SR PIDE RESPETO, CUANDO EL NO HA SABIDO RESPETAR, POR LO TANTO COMO ES POSIBLE QUE EL PIDA RESPETO.
LO MEJOR DE TODO ES QUE LA GENTE EL PUEBLO YA SE ESTA CANSANDO.
Y QUE RECUERDE EL SR PRECIDENTE, QUE TODO TIENE UN LIMITE, Y EL PUEBLO YA LLEGO AL LIMITE.
EL SR PRECIDENTE CREE QUE CON AUMENTARLE EL SALARIO A LA MILICIA YA LA HIZO, TALVEZ POR EL MOMENTO LOS TENGA DE SU LADO, PERO CUANDO LOS MADRASOS SE SUELTEN DE A DE VERAS, EL MISMO EJERCITO SE LE VA A VOLTEAR.
Y A QUE NOS ESTA EXPONIENDO, PODRIA PENSAR EN UN POSIBLE GOLPE MILITAR.
COMO ES POSIBLE QUE DESPUES DE TENER AL PUEBLO SOMETIDO CON SUS TOPES SALARIALE Y QUE EN LOS ULTIMOS DOS AÑOS, SOLO SE LE HAYA AUMENTADO UN 8% O 9% A LA CLASE TRABAJADORA, PERO ESO SI A LA MILICIA EN EL MISMO PERIODO YA LES AUMENTO CASI O MAS DEL 100%.
QUE RECUERDE QUE ENTRE SUS SOLDADITOS Y SUS POLICIAS FEDERALES TENDRA CUANDO MUCHO UNOS 400 MIL EFECTIVOS, Y SI TOMAMOS EN CUENTA DE QUE EN EL PAIS HAY YA MAS DE 20 MILLONES DE POBRES, PUES ENTONCES QUE YA LE COMIENSE A MEDIR EL AGUA A LOS APAREJOS, POR QUE SI NO SE VA A TENER QUE ATENER A LAS CONSECUENCIAS, DE LO MISMO QUE EL ESTA PROVOCANDO.
Si no hay respeto "nos vamos": Calderón en un acto de Mérida
La Jornada En Línea y Notimex
Publicado: 25/02/2010 13:37
miércoles, 24 de febrero de 2010
Sindicato Mexicano de Electricistas
SME REGISTRO No. 760 Integrado por Trabajadores de la Industria Eléctrica
DOMICILIO SOCIAL: 3a DE ANTONIO CASO No. 45
APARTADO POSTAL 10439MEXICO , D. F.CODIGO POSTAL 06470TEL: 55 46 32 00
BOLETÍN DE PRENSA
Asunto: Secuestro y liberación de Domingo Aguilar Vázquez, Subsecretario General del SME en Necaxa.
A las organizaciones sindicales, sociales y políticas,
A la opinión política nacional e internacional,
A los organismos de Derechos Humanos,
Al pueblo mexicano:
El gobierno federal está empeñado en desatar una confrontación social y continúa en su enfermiza guerra contra los trabajadores. Llenos de pánico, consideran que con medidas "preventivas" como la represión y detención selectiva de dirigentes sindicales y sociales, van a sofocar la insurrección social que se les viene encima.
A esa fallida estrategia responde lo que el domingo, poco después de las 18:00 horas, en la esquina de la 3 poniente y 16 de Septiembre, nuestro camarada DOMINGO AGUILAR VÁZQUEZ Subsecretario General de la División Necaxa del Sindicato Mexicano de Electricistas (SME), sufriera al ser ilegalmente detenido por 8 militares vestidos con uniformes de Policía Federal, en la capital del Estado de Puebla.
Esa es la torpe e insensata respuesta de Calderón Hinojosa y su equipo de guerra, a la iniciativa de Huelga Política Nacional que la Asamblea Nacional de la Resistencia Popular y el SME han acordado, para hacerla estallar el día 16 de marzo del año en curso. Por nuestra parte, el SME reitera su convicción de continuar con la lucha en defensa de la Industria Eléctrica y Petrolera, de Luz y Fuerza del Centro y de Petróleos Mexicanos, de nuestros Derechos constitucionales, laborales y contractuales, nada hará que demos marcha atrás en nuestra vocación solidaria y clasista para nuestros hermanos mineros de Cananea, con los maestros de la CNTE, los indígenas de Chiapas, los ciudadanos de Ciudad Juárez, etc. En suma, con los expoliados y oprimidos del país.
En su extrema debilidad, pretenden sofocar el profundo y extendido descontento popular que corre, se filtra y organiza en todos los centros de trabajo, de labor, estudio y habitación, a lo largo y ancho de nuestra patria. Es esa la lógica de los reaccionarios, crear disturbios y fracasar, volver a crear disturbios y volver a fracasar, así hasta ser barridos por la próxima e indetenible marea popular y social que ya se expresa en todos los sectores sociales de México.
Llamamos a todas las organizaciones a cerrar filas para enfrentar la represión del gobierno panista y liberar a nuestros presos políticos; para evitar la militarización y criminalización de la lucha social; para defender nuestras libertades democráticas y derechos políticos; para evitar que sean conculcados los derechos de contratación colectiva, organización sindical y de huelga; para garantizar la autosuficiencia alimentaria y el respaldo a nuestros campesinos; para continuar organizando la Huelga Política Nacional y la Desobediencia Civil Generalizada, de todos los trabajadores y el pueblo.
Finalmente, agradecemos a todas las organizaciones solidarias con la lucha del SME, pues producto de su movilización nuestro camarada DOMINGO AGUILAR VÁZQUEZ, ha sido arrancado de las garras de la brutalidad policiaca, encontrándose ya en libertad.
Fraternalmente
"Por el Derecho y la Justicia del Trabajador"
México D.F. a 22 de febrero de 2010
Fernando Amezcua Castillo
Secretario del Exterior.
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